El programa nacional opera con tres grandes pasos que se resumen a continuación (esquema de ecoetiquetado):

Paso 1: Elaboración de normas técnicas de etiquetado ambiental:

En este paso el Ente Nacional de Normalización (INTECO) lidera la elaboración de las normas técnicas en materia de etiquetado ambiental, por categoría de producto. Por sus características y ciclo de vida, cada tipo de producto requiere criterios ambientales particulares por lo que se trabajan normas específicas, que establecen criterios selectivos, no genéricos. Para estos efectos INTECO conforma comités técnicos y grupos de trabajo con la participación de las partes interesadas, que determinan los criterios y aprueban la norma.

Paso 2: Realizar la Evaluación de la Conformidad (EC) del producto de interés: 

Para este paso la organización interesada debe acercarse a un Organismo de Certificación de Producto (OCP) debidamente acreditado por el Ente Costarricense de Acreditación (ECA) bajo el alcance de etiquetado ambiental. El OCP se encarga de evaluar la conformidad del producto respecto a los criterios de la norma técnica correspondiente.

Paso 3: Solicitar el derecho de uso de la etiqueta ambiental ante DIGECA:

Una vez realizada la EC del producto, la organización interesada solicita el derecho de uso de la etiqueta ambiental. En caso de que todo esté conforme, DIGECA otorga el derecho de uso por un período de 4 años. El requisito básico es presentar el documento de certificación emitido por el OCP donde conste la conformidad del producto evaluado respecto a la norma técnica correspondiente.

En el siguiente esquema se presentan los pasos anteriormente indicados:

Para efectos del esquema de Declaraciones Ambientales de Producto aplican los mismos pasos anteriores. Las diferencias básicas son: en el paso 1 se elaboran Reglas de Categoría de Producto (no Normas Técnicas), en el paso 2 la evaluación de la conformidad es realizada por un Organismo de Validación / Verificación (OVV) (no un Organismo de Certificación de Producto).

En el siguiente cuadro se muestra un resumen comparativo del proceso y referencias para ecoetiquetado y DAP.

 

Ecoetiquetado

DAP

Norma de referencia

  • Acuerdo 009-2022 MINAE
  • INTE B8
  • Criterios ambientales para la categoría de producto específico (normas específicas de etiquetado ambiental
  • Acuerdo 009-2022 MINAE
  • INTE B12
  • Reglas de Categoría de Producto (RCP)

Requisito generales del proceso

Cumplir con los criterios ambientales según la norma de etiquetado ambiental de referencia

Realizar el análisis de ciclo de vida y el documento de Declaración Ambiental de Producto, según la RCP de referencia

Organismo evaluador

Organismo de Certificación de Producto (OCP)

Organismo de Verificación y Validación (OVV)

Cumplimiento

Certificado de producto

Declaración Ambiental de Producto (verificación)

Otorgamiento

Derecho de uso de la ecoetiqueta

Publicación en página web DIGECA

Derecho de uso de la etiqueta de DAP

Publicación en página web DIGECA

 

 

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