Información general de las compras públicas estratégicas
Las compras públicas son un eje esencial para el consumo y la producción sostenible. En América Latina las compras públicas representan en promedio un poder adquisitivo del 15 % al 20 % de los presupuestos nacionales. Según un informe de la Contraloría General de la República, para el año 2019, el sector público en Costa Rica presupuestó 5 651 966 millones de colones en la compra de materiales, suministros, bienes duraderos y servicios; equivalente a un 15,1 % del PIB del país. Con tal nivel de inversión, las compras públicas tienen el poder de modificar significativamente los patrones de oferta y demanda en el mercado nacional, lo que representa una oportunidad para fomentar patrones de consumo y producción sostenible desde un punto de vista social, ambiental y económico.
En Costa Rica, se ha trabajado con esta visión desde hace varios años, con la publicación de políticas como la de producción y consumo sostenible o de compras públicas sustentables. En el 2022 se hace una reestructuración a la visión de las contrataciones, antes conocidas como Compras Públicas Sustentables o Compras Verdes, con la implementación de la Ley General de Contratación Pública (Ley N°9986), se establece que “toda actividad contractual en que medien fondos públicos se definirá y desarrollará bajo la concepción de compra pública estratégica (CPE), reconociendo su carácter instrumental para el progreso económico y social y el bienestar general” y que “se promoverá la incorporación de consideraciones sociales, económicos, ambientales, culturales, de calidad y de innovación en los pliegos de condiciones, atendiendo a las particularidades del objeto contractual y el mercado”
En el artículo 55 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública se establece para la implementación de las CPE, las Administraciones Públicas deberán incluir como parte de los factores de evaluación de las ofertas criterios ambientales, sociales, económicos y de innovación, abriendo la posibilidad de asignar hasta un 25 % de la valoración para criterios estratégicos en el pliego de condiciones.
La inclusión de estos criterios debe hacerse de forma objetiva, verificable y atinente al objeto contractual, bajo reglas de transparencia, integridad, objetividad y proporcionalidad; siempre que sea factible, utilizando como referencia, las normas técnicas internacionales o nacionales emitidas por un tercero imparcial de orden técnico como mecanismo de verificación, respetando las regulaciones de la Ley del Sistema Nacional para la Calidad, Ley Nº 14073.
Además de la normativa indicada, el Ministerio de Hacienda como ente rector en la materia ha emitido los siguientes documentos que respaldan y habilitan la implementación de las CPE:
- Plan Nacional de Compra Pública
- Manual de Implementación de Compra Pública Estratégica, sus guías temáticas y la caja de herramientas.
Para efectos de impulsar la incorporación de criterios ambientales en las compras públicas, bajo el enfoque de CPE, se oficializó el siguiente instrumento:
Documentos de interés
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Directriz 014 MINAE - Para la regulación del uso, consumo y etiquetado del plástico de un solo uso
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Directriz Nº 050 Minae - Directriz para la construcción sostenible en el Sector Público
Relación de las compras públicas y el ecoetiquetado
El artículo 46 inciso c del reglamento a la ley de contratación pública establece que la incorporación de criterios de protección ambiental debe considerar enfoques de ciclo de vida de bienes, servicios y obras, utilización de energías renovables, certificados de producto y ecoetiquetas, por lo qué, las instituciones públicas pueden incorporar los ecoetiquetados como parte de los factores de evaluación de las ofertas y asignar hasta un 25 % de la valoración para criterios estratégicos.
La inclusión de estos criterios debe hacerse de forma objetiva, verificable y atinente al objeto contractual (no a la empresa), bajo reglas de transparencia, integridad, objetividad y proporcionalidad; siempre que sea factible, utilizando como referencia, las normas técnicas internacionales o nacionales emitidas por un tercero imparcial de orden técnico como mecanismo de verificación, respetando las regulaciones de la Ley del Sistema Nacional para la Calidad, Ley Nº14073.
Por este motivo, las ecoetiquetas son la mejor herramienta para cumplir y demostrar los criterios ambientales que requiere una contratación pública. En este sentido, ya se han emitido varios instrumentos que fortalecen la inclusión de los ecoetiquetados en las contrataciones públicas como el Plan Nacional de Compra Pública, el Manual de Compra Pública Estratégica, la guía de criterios ambientales para las compras públicas estratégicas y la caja de herramientas, disponibles en https://www.hacienda.go.cr/LeyGeneralContratacionPublica.html
Las empresas que obtengan la etiqueta ambiental para sus productos tendrán una mayor probabilidad de ganar una licitación, al obtener los puntos que asigne la Administración Pública en los criterios ambientales. Las Administraciones Públicas que utilicen a las ecoetiquetas como medio de verificación podrán tener mayor facilidad para definir los criterios ambientales y confianza en el cumplimiento de estos.
Criterios ambientales para productos y servicios priorizados
Para consultar posibles criterios ambientales por productos y servicios, consulte las normas técnicas de etiquetado ambiental y la Caja de Herramientas para la CPE (disponible en 2-GuiaActualizadas.pdf ).
Además de los criterios indicados en la caja de herramientas, DIGECA pone a disposición el siguiente listado de posibles criterios por objeto contractual:
- Servicios de limpieza
- Anticorrosivos en base agua
- Pinturas arquitectónicas en base solvente
- Pinturas en base agua para demarcación horizontal
- Pinturas arquitectónicas y selladores en base agua
- Productos de acabado secado rápido base solvente (tipo fast dry)
- Pinturas en base solvente para demarcación horizontal
- Primarios anticorrosivos de secado rápido en base solvente